Cobertura del Seguro |
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Dentro de Chile |
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1.Daños Materiales hasta el Valor Comercial del Vehículo 2. Robo, Hurto o Uso No Autorizado 3. Responsabilidad Civil 4. Robo de Accesorios Las coberturas números 1, 2 y 4 a 9 están sujetas al deducible establecido en Tarifas, Servicios y Condiciones, lo que significa que el arrendatario es responsable por los daños sufridos por el vehículo arrendado hasta el valor del deducible en cualquier accidente o siniestro, independientemente de la culpablilidad del conductor. La cobertura número 3, Responsabilidad Civil, no está afecta a deducible.
RDS - Suplemento Deducible Rebajado
SLP - Responsabilidad Civil Suplementario
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Esta es cobertura opcional sujeta a cargo adicional. Cubre daños al vehículo arrendado hasta su valor comercial y daños a terceros con los siguientes límites: A) US$40.000 por muerte, gastos médicos y/o daños personales por persona con tope de US$200.000 por accidente; y B) US$20.000 por daños materiales por tercero con tope de US$40.000 por accidente. La cobertura por daños propios está sujeta al deducible establecido en Tarifas, Servicios y Condiciones. El seguro no cubre robo mientras el vehículo permanece fuera del territorio chileno. Los vehículos no pueden ser llevados a Perú ni Bolivia. |
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Exclusiones |
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Las coberturas de seguro descritos no tendrán efecto bajo las siguientes condiciones o circunstancias:
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Cargo por danos al vehículo arrendado |
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El arrendatario es responsable por cualquier daño al vehículo arrendado. Si el daño es cubierto por la compañía de seguros, la responsabilidad del arrendatario será limitada al monto del deducible del seguro según lo estipulado arriba. Daños no cubiertos por la compañía de seguros son de responsabilidad del arrendatario hasta el valor comercial del vehículo. Liquidación de daños y el contrato de arrendamiento Manchas a los tapices, quemaduras u olor a cigarrillo, excesivo suciedad interior o exterior serán cobrados al arrendatario. Política no fumador |
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